Este tipo demandas contra las tarjetas revolving están más presentes en el día a día, para ello se valen de todas las herramientas comunicacionales como las publicidad agresiva.
Básicamente es porque ahora existe mucho acceso a la información de los usuarios de este tipo de sistema de financiamiento que se anula por los contratos sociales por todas las entidades financieras.
Contratos de tarjetas revolving.
Gracias a esto existen muchos contratos que son de extraña procedencia y serán anulados con el condicionante a devolver distintas cantidades de dinero.
Pero esto puede generar que el juzgado desestime la demanda y a no declarar que le interés del contrato es el usuario.
Según este criterio el usuario esta ya bastante juzgado y en consecuencia las audiencias provinciales tendrán bastante resoluciones.
Para ello se establecen posiciones de manera objetiva con el rechazo de las demandas, este riesgo de que el llamado juzgador entienda el contrato que no incurre en faltas de transparencia.
Las demandas se ven fundamentadas en una manera principal o subsidiario, en una clara falta de transparencia, y que estas no sean desestimadas por el juzgado, con la correspondiente consecuencias al pago de los perjuicios de el demandante.
Sentencias del tribunal.
Según una sentencia del tribunal supremo de 2022 seccion1º 2528/2016, aunque no se refiera directamente a la tarjeta revolving, da toda su motivación a determinar su abuso a las clausulas.
Este tipo de demandan además de esclarecer los abusos, acreditan también desequilibrio deudor y mala fe o intensión.
Se tiene que explicar que no es mala fe en la adquisición de tarjetas revolving si no con el contrato, que este redactado en cumplimiento de la normativa vigente.
Para ello está el caso, ETD/699/20200, esta es la regulación del crédito revolvente o tal vez la normativa que modifica a la orden ECO/697/2004.
Esta habla sobre la central de información de riesgos y la orden EHA/1718/2010, con regulación y control de los aspectos publicitarios de los servicios y productos bancarios.
La orden EHA/2899/2011, que habla de la transparencia y la protección del cliente en servicios bancarios.
Porque en la publicidad se omite la explicación de los tipos de financiaciones, que tienen una normativa específica que las regula.
Las “letras pequeñas”
Estas son las menos evidentes y por ende las más peligrosas. El riesgo que representa tener que devolver un dinero que no se tiene.
Esta es una situación donde se recibe un beneficio o una ganancia pero se genera un problema.
- Nulidad de la tarjeta revolving.
Si se entiende que se trata de un contrato este puede ser anulado, lo que implica tener que reponer las prestaciones de manera reciproca.
Si fuese un préstamo, la declaración para ser anulado el contrato por cualquiera de las clausulas, tendrá como consecuencia a la entidad financiera.
Eta deberá dar al demandante el abono de la cantidad que exceda del total del capital prestado.
Todo esto es tomando en cuenta el total de lo ya recibido por cada uno de los conceptos completos y percibidos al borde del capital y que fueron abonados ya.